La Suprema Corte dará orden y claridad al sistema mexicano; especialistas prevén reformas constitucionales.
Eliminar la medida de prisión preventiva oficiosa en México, a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), generará orden en el sistema de justicia penal para ciertos delitos, haciendo valer el derecho de presunción de inocencia y que las fiscalías reúnan las pruebas necesarias para que un presunto delincuente se quede en prisión, aseguraron especialistas en derecho constitucional.
El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concederá una mayor claridad al sistema de justicia penal en México sobre la prisión preventiva –oficiosa y justificada–, al tener un esquema preciso de qué delitos merecen mantener a los presuntos culpables en prisión.
La discusión se pospuso para el próximo lunes 5 de septiembre para que sea votado y discutido en el Pleno de la Corte, informó el Ministro Presidente, Arturo Zaldívar Lelo, al iniciar la sesión de este 25 de agosto.
El especialista en Justicia Constitucional y presidente del Colegio de Abogados de Ciudad Victoria A.C., Luis Torre Aliyán, consideró que el resultado de la votación generará claridad para abogados, víctimas, y las personas privadas de su libertad por algún delito de excepción que encuadran la prisión preventiva oficiosa.
“Cada caso concreto es diferente; creo que debemos esperar a lo que diga la Corte, porque cada caso concreto es diferente, no podríamos hablar de manera genérica si en todos los asuntos donde hubo prisión preventiva oficiosa se vulneró el derecho humano del que está siendo procesado o no; hay que esperar que la gran directriz la dicte el más alto tribunal del país”.
Por su parte, el exmagistrado del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, catedrático y director de la Facultad de Derecho de Victoria de la UAT, Armando Villanueva Mendoza, señaló que la prisión preventiva oficiosa no es inconstitucional, sin embargo, sí resulta inconvencional, pues contraviene con lo estipulado en el Pacto de San José o Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 8.2, que prevé como fundamental el principio de presunción de inocencia.
En ese orden de ideas, aseguró que la Corte Interamericana de Derechos Humanos solicitaría a México reformar su constitución para resolver el tema, en caso de eliminar la prisión preventiva.
“Máxime si en breve la Corte Interamericana de Derechos Humanos juzgará un caso contra México en el que se vislumbra que la prisión preventiva oficiosa es contraria a la Convención, por no observar el principio de presunción de inocencia, con lo que podría condenar a nuestro país a modificar la Constitución”, insistió.
La esencia de la discusión versa en si es correcto que haya unos delitos que permitan que se vulnere la presunción de inocencia, como caso de excepción o de plano es convencional de acuerdo con los derechos internacionales.
Existen dos tipos de prisión preventiva: la oficiosa, es una medida cautelar, es decir, es una medida de prevención al considerar la gravedad del delito y con ello evitar el riesgo de fuga del imputado.
La justificada, se da a petición del Ministerio Público, de la víctima o del ofendido, según el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y procede cuando otras medidas no son suficientes para asegurar la comparecencia del imputado.
¿QUÉ DELITOS LA AMERITAN?
De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, se consideran delitos que ameritan prisión preventiva los siguientes. La lista se amplió en febrero del 2021 por el Senado de la República.
Homicidio doloso.
Genocidio.
Violación.
Traición a la patria.
Feminicidio.
Robo de casa-habitación.
Uso de programas sociales con fines electorales.
Violencia sexual contra menores.
Corrupción.
Desaparición forzada.
Robo al transporte de carga.
Huachicol.
LOS ENCARCELADOS EN TAMAULIPAS, SIN SENTENCIA
De acuerdo con el Censo Nacional de Sistemas Penitenciarios Estatales 2021 del Inegi, del 100 por ciento de las personas encarceladas en Tamaulipas, el 85.2% no ha recibido una sentencia desde su detención.
Mientras que el 14.8% ha recibido su sentencia.
En el 2019 y 2021, el Congreso Federal aprobó reformas para ampliar el catálogo de delitos por los que se puede encarcelar a una persona para evitar el riesgo de fuga.
Estas modificaciones generaron que en nuestro estado se incrementara un 17.5% el número de personas detenidas por esta medida cautelar.