Cd. de México.- A través de las resolución de dos amparos y el trámite de un tercero, el Poder Judicial de la Federación ha obligado al INAI a reconsiderar el criterio de que toda la información relacionada con el otorgamiento de permisos, licencias y concesiones debe ser pública.
Al exponer ante el Pleno una nueva resolución, adoptada tras una suspensión provisional emitida por un juzgado en materia administrativa, la comisionada Areli Cano reconoció que los tribunales han echado abajo la postura que el Instituto había mantenido.
«Ahora, si, la verdad, se reconsidera un criterio que, desde el entonces IFAI (se) había tenido, habíamos resuelto seis casos ya en este sentido, de darle publicidad a esta información, pero bueno, el Poder Judicial, como debe ser, (debe) controlar también nuestras resoluciones, nos da pauta para reconsiderar», señaló.
El caso, que ha obligado al Instituto a reformular tres veces su resolución, data de agosto de 2014 luego de que el INAI ordenara a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) entregar el listado de los permisionarios de licencias para la portación de armas relacionadas con actividades deportivas, de tiro, cacería o charrería, tal como lo había solicitado un particular.
Un grupo de permisionarios presentó una demanda de amparo para que sus nombres no fueran entregados y los tribunales les dieron la razón, por lo que el INAI emitió una nueva resolución en la que, exceptuando a los amparados, la Sedena entregara la lista solicitada.
Sin embargo, dijo Cano, otro grupo de permisionarios también solicitó un amparo y el Poder Judicial se lo concedió, por lo que el INAI, de nueva cuenta, resolvió que la Sedena debía entregar la lista, exceptuando al primero y al segundo grupo.
Ante esto, un tercer grupo, en enero de este año, presentó una demanda de amparo, dentro de la cual el juez les concedió una suspensión definitiva y ordenó al INAI reformular su resolución para evitar que sean entregados sus nombres hasta en tanto se resuelva el juicio.
«Lo que nos hace notar el Poder Judicial es que no basta, y aquí volvemos a tener una interpretación, de que no basta que los permisos o las licencias estén publicados en obligaciones de oficio, que de manera automática, al ser una obligación, se tenga que publicitar, sino tenemos que ponderar otros derechos como la de información confidencial y que repercusión tiene dentro del marco, en ese momento, de la ley», señaló Cano, quien fue la ponente del caso.